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Este Decreto consagra las obligaciones de las empresas de transporte publico especial, Taxis, Tracto Camiones, Buses, Busetas, Colectivos, y todo vehÃculo de servicio publico que cobija este decreto

Este paragrafo destaca la responsabilidad de la empresa de transporte en implementar un adecuado programa de mantenimiento preventivo el cual debe estar de acuerdo a la ley

Dentro de este articulo se contemplan los dÃas que la empresa debe programar para estos mantenimientos y su aplicabilidad en los planes de rodamiento

Este articulo señala las obligaciones de las empresas de transporte habilitadas de servicio publico donde en el punto 4 se debe garantizar el mantenimiento preventivo bimestral

Parágrafo 10 es responsabilidad de la empresa transportadora controlar el porte de la calcomania como conduzco ademas de la señalizacion respectiva del automotor

En este articulo se señala el control de uso de sustancias psicoactivas y alcohólicas donde las empresas de transporte deberán practicar controles frecuentes al uso de estas sustancias

Parágrafo 10 es deber de la empresa transportadora presentar el formato de revisión y mantenimiento preventivo de los vehÃculos emitido por el taller propio o empresa contratada

Se manifiesta claramente la obligatoriedad de realizar el mantenimiento preventivo a todos los vh vinculados la empresa se responsabiliza en designar el centro de mantenimiento en cumplimiento al programa de mantenimiento preventivo de la empresa

Se llevara a cabo la desvinculacion administrativa del vehÃculo cuando: Por el incumplimiento del plan de rodamiento El incumplimiento del programa de mantenimiento

El ministerio de transporte otorgara una plazo máximo de 15 dÃas calendario para que el propietario del vh presente las debidas pruebas que acrediten el mantenimiento preventivo